Colegio de Profesionales en Informática y Computación
REGLAMENTO DE SUSPENSIONES POR MOROSIDAD
ARTICULO 1
Cada Colegiado es responsable de mantenerse al día con los pagos de colegiatura ordinarios y extraordinarios con el Colegio, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica.
ARTICULO 2
Cada colegiado debe velar por la actualización de los registros que sobre su información personal mantiene el Colegio como los datos personales, lugar de notificación clara y precisa, con el objetivo de asegurar que los comunicados o notificaciones que le remita el Colegio sean recibidos.
ARTICULO 3
El Colegio es responsable de mantener un registro adecuado de las obligaciones que cada uno de sus miembros posee con la Institución.
ARTICULO 4
La Administración del Colegio velará por contactar por vía telefónica al Colegiado y la emisión oportuna de al menos un aviso de cobro por escrito al colegiado que se exponga a una posible suspensión por la morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación. Para tal efecto se les indicará dentro de la nota el detalle del estado de cuenta y que se le otorga el plazo de 5 días hábiles para presentarse a regularizar la situación.
A este efecto el Colegio publicará en el Sitio Web el aviso de cobro también y notificará a la dirección indicada por el colegiado como su domicilio para recibir este tipo de comunicaciones, o en su defecto en el domicilio del colegiado que el Colegio pueda determinar.
En caso de no ser localizado por diversos esfuerzos de manera razonable, se publicará en el diario La Gaceta el aviso de cobro, donde se indicará que el Colegio comunica a las siguientes personas que se encuentran morosas, se presenten a normalizar la situación dentro de los próximos 5 días hábiles siguientes a la publicación.
ARTICULO 5
Los colegiados cuya suspensión no haya sido ratificada en firme por la Junta Directiva y están cerca de ser suspendidos, pueden realizar un arreglo de pago de tal manera que en tres meses quede completamente cancelada la deuda. Así mismo llenar nota de compromiso de pago donde se estipula el monto y fechas como cancelará la deuda dentro del plazo antes citado. Dicho arreglo puede ser autorizado por el administrador (a) del Colegio o bien la persona que se designe para tal efecto, según formulario Compromiso de Pago incluido en anexo al presente reglamento.
ARTICULO 6
Los colegiados cuya suspensión haya sido ratificada en firme por la Junta Directiva, deberán cancelar el monto total adeudado hasta la fecha en que se presenten –el saldo continua creciendo mes a mes hasta que se presenten a cancelar- más un 20% de multa conforme a lo que establece la Ley del Colegio, incluyendo la cuota ordinaria del mes, esto con el fin de recuperar el estatus de Miembro Activo.
Así mismo pueden realizar arreglo de pago dentro del estatus de Miembro Suspendido sin embargo el estatus se mantiene hasta la cancelación total de la deuda y quedando al día en sus obligaciones.
Los plazos para los arreglos de pago pueden ser hasta de 3 meses, según formulario Arreglo de Pago incluido en anexo al presente reglamento.
ARTICULO 7
El proceso de suspensión de miembros se manejará en los siguientes plazos que de manera ordenatoria se llevarán, en la siguiente forma: Durante las tres primeras semanas del mes, corresponderá la Administración (cobros) levantará la lista de colegiados que al término de ese mes serán candidatos a una suspensión. Dicha obligación permanecerá aún fuera de ese plazo siendo esta una actividad de referencia continúa a la Administración del Colegio.
Con un atraso de seis cuotas debe haberse cumplido los siguientes pasos:
· Envío de aviso de cobro por escrito al colegiado al lugar de notificación (donde se indique detalle del estado de cuenta y monto pendiente de cancelar) El colegiado contará con 5 días hábiles posteriores a la fecha del recibo de la nota para regularizar la situación, según formulario Aviso de Cobros incluido en anexo al presente reglamento.
· Publicación en la página Web comunicando el aviso de cobro, según formulario Publicación en la Página Web incluido en anexo al presente reglamento.
· Publicación en la Gaceta en caso de no poder localizar o ubicar, con la finalidad que se presente los 5 días hábiles siguientes posterior a la publicación con el fin de que se pongan al día y regularicen la situación. (publicar tres veces) según formulario Publicación en la Gaceta incluido en anexo al presente reglamento.
Una vez formalizado el reporte por la Administración del Colegio, en la sesión ordinaria del mes siguiente donde haya cumplido ya las seis cuotas de atraso e inicie la séptima cuota de atraso la Junta Directiva, procederá a realizar la suspensión de los colegiados que a la fecha no hayan cumplido con sus obligaciones y que ya se les haya notificado por algún medio.
Aprobación por acuerdo en firme en sesión de Junta Directiva No. 02, celebrada el 02 de febrero del año 2009, según acuerdo 05-02-09
Modificaciones históricas:
Artículo 5, 6, 7 modificado en sesión de Junta Directiva No 20, celebrada el 21 de julio del año 2009, según artículo 03, Acuerdo 03-20-09, 04-20-09, 05-20-09
Lic. Nestor Vargas Fonseca Lic. Natalia Rojas Canales
Presidente Secretaria
ANEXOS
COMPROMISO DE PAGO
San José, _________________________________________
Yo, _________________________________________, con cédula de identidad número________________________, colegiado número _________________me comprometo a cancelar el monto de _______________________, correspondiente a las cuotas de ___________________________, de la siguiente manera:
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Número |
Fecha |
Monto |
Recibo |
Saldo |
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1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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6 |
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7 |
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8 |
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TOTAL |
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El incumplimiento de este compromiso de pago, me obliga a cancelar el total de la deuda en un solo tracto.
Para hacer efectivo este compromiso, debe efectuarse el primer pago, completar y remitir debidamente firmado el formulario de actualización de datos personales.
__________________________
Firma del Colegiado
______________________________ _____________________________
Nombre y firma de realizado por: Nombre y firma de autorizado por:
ARREGLO DE PAGO
San José, _________________________________________
Yo, _________________________________________, con cédula de identidad número________________________, colegiado número _________________me comprometo al siguiente arreglo de pago y cancelar el monto de _______________________, correspondiente a las cuotas de ___________________________, de la siguiente manera:
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# meses |
Fecha |
Cuota de arreglo de pago |
Cuota ordinaria |
Pago mensual |
Saldo arreglo de pago |
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1 |
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2 |
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3 |
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TOTAL |
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El incumplimiento de este arreglo de pago, me obliga a cancelar el total de la deuda en un solo tracto.
Nota aclaratoria: el estatus de suspendido se mantiene hasta la cancelación total de la deuda y quedando al día en sus obligaciones.
Para hacer efectivo este arreglo de pago, debe efectuarse el primer pago, completar y remitir debidamente firmado el formulario de actualización de datos personales.
__________________________
Firma del Colegiado
______________________________ _____________________________
Nombre y firma de realizado por: Nombre y firma de autorizado por:
Gestión de cobro
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN INFORMATICA Y COMPUTACION -Gestión de Cobro |
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Nombre del colegiado: |
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Nº de carné: |
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MONTO ¢ |
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Fecha y hora de la llamada: |
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Llamada Realizada a |
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Telef. Celular |
Telef. Casa |
Otro |
Telef. Trabajo - |
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Descripción |
SITUACION ACTUAL |
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Hecho por: |
Revisado por: Fecha: |
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Aviso de cobro
Fecha: ____________________________
Nombre del Colegiado
Cédula de identidad
No. Colegiado
Estimado (a) Colegiado (a):
Reciba un cordial saludo del Colegio de Profesionales en Informática y Computación-CPIC.
De conformidad con los artículos 4, inciso a, 9, inciso f y 11 de la Ley Orgánica 7537 del Colegio de Profesionales en Informática y Computación, nos permitimos informarle respetuosamente que a la fecha de esta nota, Usted se encuentra moroso en el pago de sus obligaciones con el CPIC, en los meses ________________ del año ___________, por un monto de ¢____________________.
Por lo anterior se le concede el plazo de 5 días hábiles después del recibo de esta nota con fin de que normalice su situación y evitar su suspensión cuando cumpla las seis cuotas de atraso.
En concordancia con los fines y deberes que establece la Ley Orgánica del Colegio, se estará publicando y comunicando oficialmente la lista de los miembros del Colegio, indicando su condición y estatus.
Así mismo se estará publicando en un diario de circulación nacional la lista de los Miembros Suspendidos.
Deseamos ofrecerle la asistencia que Usted requiera a efecto de que normalice su situación con el Colegio por lo que le invitamos a establecer contacto con nosotros a los teléfonos y dirección abajo indicados.
Cordialmente,
Administración
AVISO DE COBRO EN SITIO WEB
Fecha: ____________
De conformidad con los artículos 4, inciso a, 9, inciso f y 11 de la Ley Orgánica 7537 del Colegio de Profesionales en Informática y Computación, el CPIC comunica la lista de miembros morosos del mes xxxx , con el fin de que se presenten dentro de los próximos 5 días hábiles a regularizar su situación.
Nombre completo
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AVISO DE COBRO EN LA GACETA
De conformidad con los artículos 4, inciso a, 9, inciso f y 11 de la Ley Orgánica 7537 del Colegio de Profesionales en Informática y Computación, el CPIC comunica la lista de miembros morosos del mes xxxx que no han sido posibles localizarlos, con el fin de que se presenten dentro de los próximos 5 días hábiles a regularizar su situación ante el Colegio.
Nombre completo
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